Decreta la prohibición por el lapso de 15 días, a partir de la fecha, de las actividades públicas y privadas, deportivas y no deportivas dentro de la provincia de Santiago de Chuco.
Resuelve delegar al regidor Baltazar Antenor Gavidia Bermúdez, las atribuciones del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, por el día 10 de marzo de 2020.